miércoles, 31 de enero de 2018

Interesante propuestas: 4 de Febrero, Día internacional del Ecologismo

La próxima semana, en Huelva, se conmemora el 130 Aniversario del "El año de los tiros" con interesantes actividades y reivindicaciones en materia de abordaje de los conflictos socioambientales.

En este BLOG queremos destacar:


"El 4 de febrero de 1888 una manifestación pacífica que, al grito de “Abajo los humos”, se había concentrado en la plaza del antiguo Ayuntamiento de Minas de Riotinto, convocada por la Liga Contra las Calcinaciones, terminó en tragedia; una descarga de fusilería del Regimiento de Pavía causó la muerte, oficialmente, de 13 personas aunque la cifra real de víctimas mortales fue mayor. Más de un siglo después su ejemplo sigue vivo".

Más que una reivindicación económica y social, un despertar de la conciencia ambiental

En la manifestación "Abajo los Humos" no solo se reclamaba y exigía dignidad laboral y social, sino  que los manifestantes demandaban el fin de las teleras, un sistema de calcinación del mineral que provocaba nubes contaminantes. Puede considerarse esta demanda como un despertar de la conciencia ambiental. Por ello, para  algunos, esta es la primera o una de las primeras luchas ecologista de la época contemporánea.

Una moción:

Coincidiendo en el tiempo con la aprobación de una ‘Moción para la adhesión del Ayuntamiento de Huelva al Manifiesto del Año de los Tiros por el que se solicita que se reconozca la efeméride del 4 de febrero como el “Día Internacional del Ecologismo”. Esa moción ha sido dirigida a la ONU para su preceptivo estudio.

Una serie de significativas actividades entre el 4 y 6 de Febrero de 2018 

El Programa que podéis visualizar en este Diptico, incluye actos muy relevantes entre los que destacamos la presentación el día 6 de Febrero del Seminario Permanente de Conflictos ambientales.

Referencia bibliográfica para ampliar información .1888. El año de los tiros. Rafael Moreno (2004). Consejeria de Medio Ambiente de la Junta de Andalucia.

lunes, 22 de enero de 2018

El conflicto socioambiental en la Punta, València, registrado en el Atlas Mundial de Justicia Ambiental


En nuestra reciente entrada "La participación ambiental como clamor ciudadano" anunciábamos que,  como "Foro de reflexión, estudio y difusión sobre la pertinencia del empleo de la mediación en el abordaje de conflictos socio ambientales", habíamos iniciado gestiones para introducir en el Atlas Mundial de Justicia Ambiental las novedades con relación al conflicto de la Punta, València. Esa iba a ser nuestra contribución a la visibilización e internacionalización del conflicto en esta nueva etapa.

Recordemos que este conflicto aparecía en el Atlas como un conflicto finalizado al producirse la Sentencia del Tribunal Supremo de Justicia (2013) en el que se ratificaba la del Tribunal Superior de Justicia que declaraba nulo el Plan (2009). La problemática de la Punta se valoraba como un tipo de conflicto en el que la justicia llegaba tarde, tarde tras una gran destrucción.

Hemos considerado oportuno reactivar la ficha e introducir información sobre la reanudación del mismo, tras el anuncio, por parte de la Administración (Generalitat Valenciana, Autoridad Portuaria y Ayuntamiento de València) del inicio, nuevamente, de un procedimiento para aprobar el Plan Especial para desarrollo de la ZAL. Los contenidos han sido actualizados y se puede acceder desde AQUÍ

Como en otras ocasiones reiteramos que este trabajo es colaborativo y podemos recoger las aportaciones que nos hagáis llegar. 

Seguimos en nuestra línea de favorecer el abordaje de los conflictos socio ambientales desde el diálogo, la participación y por qué no desde la mediación. 

¡Este es un caso en el que sería especialmente oportuno abrir vías a la resolución contando con la participación ciudadana!


miércoles, 10 de enero de 2018

Sí hay responsabilidad de los funcionarios y autoridades en sus actuaciones contra el medio ambiente.

En este aspecto el artículo de Antoni Pelegrín López, es muy clarificador: "La responsabilitat penal dels funcionaris públics i autoritats en els delictes sobre l’ordenació del territori i l’urbanisme, i contra el medi ambient", fiscal coordinador de la Secció de Medi Ambient i Urbanisme de la Fiscalia Provincial de Barcelona. 

Podemos corroborarlo con noticias de actualidad como el caso reciente de imputación del ex consejero de Agricultura y dos ex presidentes de la CHS por el Estado del Mar Menor. 

Hablando de responsabilidades, aunque no necesariamente penales, en esta ocasión queremos reseñar que la participación pública es un elemento imprescindible exigido por la normativa comunitaria en la puesta en marcha de determinados Programas (por ejemplo en la nueva programación de desarrollo rural 2014 – 2020) y de obligado cumplimiento para las autoridades, que deben asegurar la implicación y participación de todos los interesados en un proceso.

Tenemos constancia de que ha habido muchas quejas sobre la puesta en marcha de los procesos participativos, denunciados por incumplimiento grave y sistemático de los requerimientos legales mínimos en cada una de las fases del proceso de participación pública. Los incumplimientos más habituales:

-Falta de identificación y búsqueda de implicación de todos los agentes locales interesados. 
-Plazos de consulta excesivamente cortos. 
-Un acceso a la información insuficiente y desigual entre los diversos agentes. 
-Ausencia frecuente de respuesta motivada a las alegaciones presentadas. 
-Envío de borradores de los documentos de programación, estatales y autonómicos, a la Comisión Europea, sin haber finalizado los procesos de consulta y evaluación. 
-Dificultad e incluso imposibilidad, dependiendo del caso, de acceso a la versión finalmente remitida a la Comisión por varias Administraciones. 

Recordar que de darse estas deficiencias en los procesos participativos (programas de desarrollo rural 2014 – 2020), hay graves incumplimientos de Reglamentos y del Código de Conducta Europeo y de las disposiciones sobre la gobernanza multinivel y del Convenio Aarhus sobre "acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente". Para más información sugerimos el acceso a Asunto: Solicitud urgente de subsanación de defectos graves en los procesos de participación pública en la Programación de Desarrollo Rural 2014 – 2020 en España.

miércoles, 3 de enero de 2018

La mediación no siempre es la respuesta más oportuna a un conflicto ambiental



En varias ocasiones hemos abordado esta problemática. Más abajo os dejamos enlaces a algunas de las entradas más significativas.

En esta ocasión queremos señalar algo que por ser obvio no deja de ser importante: la mediación es oportuna y pertinente cuando es adecuada al conflicto que queremos abordar.

-Si el conflicto tiene causas estructurales se requieren cambios estructurales, no mediación.
-Si la respuesta al conflicto puede significar cambios legales oportunos o sentar jurisprudencia el lugar idóneo para tratar el conflicto es la jurisdicción.
-Si hay figuras, culturalmente aceptadas, para afrontar el conflicto y en ese espacio habrá una repercusión social importante, es oportuno acudir a estas figuras.

Dos aspectos muy significativos, a tener en cuenta:

-En la mediación ambiental una cuestión fundamental es saber qué es y qué no es mediable.

-La mediación puede aportar a los procesos de participación ambiental un importante valor añadido: hacer vinculantes acuerdos entre partes. Si en medio de un proceso participativo dos (o más) partes deciden abrir un proceso de mediación pueden convertir en vinculantes los acuerdos que alcancen y esto significa abrir interesantes perspectivas para la resolución de determinadas problemáticas más globales.

Otras entradas: