viernes, 20 de septiembre de 2019

Espacios para la mediación ambiental en el marco de procesos participativos.

En esta Entrada queremos visibilizar espacios en los que puede ser pertinente la mediación ambiental en el marco de procesos participativos ambientales:







Avanzar en los indicadores de mediabilidad de los conflictos y propiciar los procesos de mediación significa velar por el cumplimiento de los derechos de acceso a la información, la participación y la justicia ambiental. También velar por la representación real de todos las partes interesadas y por la transparencia de los procesos previos a la aprobación de planes de alto impacto ambiental.

viernes, 6 de septiembre de 2019

COMENZAMOS UNA NUEVA ETAPA

Tras dos meses en los que no hemos introducido novedades en el Blog, comenzamos una nueva etapa.

En ella, introduciremos información cada dos semana y estará centrada en aspectos relacionados con la mediabilidad de los conflictos ambientales. Esa será nuestra especialización. Iremos intercalando esporádicamente entradas con bibliografía, legislación y servicios sobre mediación ambiental con el fin de dar seguimiento a las temáticas que en estos años han sido centrales.

En esta ocasión favorecemos un enlace que aborda la siguiente temática: “LA INTERVENCIÓN DEL MINISTERIO FISCAL EN LOS PROCESOS CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVOS MEDIOAMBIENTALES” del abogado Miquel Pons Portella y editado el 2 de septiembre de 2019, en la revista Actualidad Jurídica Ambiental, n. 93, Sección “Artículos doctrinales” ISSN: 1989-5666 NIPO: 693-19-001-2.

Como hemos expresado en ocasiones anteriores desde Mediacciona propiciamos la mediación tanto intra como extraprocesal y el ámbito contencioso -administrativo abre un interesante campo de acción a la gestión de los conflictos ambientales. El empleo de la mediación o de técnicas de mediación para el ejercicio de la acción popular, así como la interacción de equipos de mediadores con ONG, plataformas ciudadanas y asociaciones ecologistas, puede abrir un interesante campo de acción en aras de propiciar la necesaria justicia ambiental.

Seleccionamos este texto de las conclusiones del artículo:

Ciertamente, la acción popular en asuntos medioambientales incorporada a nuestro ordenamiento jurídico —para dar cumplimiento a las obligaciones dimanantes del Convenio de Aarhus de 25 de junio de 1998[...] por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, está dando mucho juego en los procesos contencioso administrativos ambientales a múltiples ONG, plataformas ciudadanas y asociaciones ecologistas. La propia Fiscalía General del Estado lo ha reconocido, hasta el punto de constatar como «la ausencia de auxilio por parte de la administración» es suplida a menudo mediante la colaboración de dichos grupos, haciendo suyas en la memoria sobre el año 2007 las siguientes palabras de la Fiscalía de Ávila: «están siempre abiertos a poner en conocimiento de la Fiscalía y de los Juzgados “las operaciones urbanísticas que afectan de manera grave al medio ambiente”, estando siempre dispuestos “a colaborar con entusiasmo y facilitan enormemente el trabajo de la Fiscalía en la medida de sus posibilidades” añadiendo lo útil que supone su intervención en los procesos contencioso-administrativos en la materia»