Jacaranda, casa Lila |
Respondiendo
a vuestras solicitudes de información de la mano del “Libro blanco de la mediación en Catalunya”
Profundizar en el concepto de conflicto ambiental.
Por
conflicto ambiental entendemos un tipo particular de conflicto social
donde la problemática que se disputa tiene que ver con la calidad de
vida de las personas y las condiciones ambientales. Entre las partes
en conflicto -al menos dos- existe una controversia explícita
de información, intereses o valores. En los conflictos ambientales
intervienen intrincadamente factores medioambientales y factores
sociales. Las partes en conflicto son grupos inter-dependientes que
persiguen metas aparentemente incompatibles -al menos así lo
sienten- y en el que las opiniones, decisiones o conductas de una
parte afectan a la otra parte.
A
“grosso modo” podríamos decir que los conflictos ambientales
surgen como contraposición entre quienes contaminan el ambiente y
quienes sufren sus efectos o perciben los riesgos que ello significa
en su calidad de vida. Son mucho más que simples disputas por la
propiedad o la gestión de un recurso; suelen
ser descritos como disputas
públicas complejas.
Los
conflictos ambientales pueden ser privados o
públicos. Los primeros se dan normalmente en el ámbito local
y se confunden con los conflictos comunitarios. Los segundos son de
escala supra-local y se enmarcan en la elaboración de políticas
públicas. En este segundo caso la dificultad radica principalmente
en dos factores: el nivel de politización a menudo asociado al
conflicto y la marcada desigualdad de poder entre las partes. Suelen
ser, en general, de carácter transdisciplinar y tienen un elevado
grado de complejidad.
¿Por
qué modelo de servicios de mediación ambiental apostamos en
Mediacciona?
También
aquí suscribimos plenamente la propuesta formulada por quienes
investigaron en profundidad el tema en el marco del mencionado “Libro
blanco...” que plantearon -a modo de conclusión- la necesidad de
crear unidades operativas reconocidas por la administración pero
independientes y con un funcionamiento autónomo capaces de ofrecer
servicios de mediación ambiental. Sugieren también que su
estructura sea sencilla, ágil, eficiente, económica y próxima a la
ciudadanía. Desde Mediacciona solo añadiríamos que estuvieran
inscritas en la denominada economía del bien común o al menos
enmarcadas por sólidos valores éticos y de transparencia.
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