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| Contaminación. En este caso, acústica |
En varias ocasiones
nos habéis solicitado un POST con un ejercicio práctico de mediación ambiental.
Hemos escogido un conflicto de ruidos.
Caso práctico:
Varias personas se
ven afectadas por el ruido (contaminación acústica) que provoca un grupo
electrógeno que alimenta una antena de telefonía móvil (que da servicio a las
empresas Vodafone, telefónica móviles España, France Telecom España). Se
dispone de esta información porque previamente a las molestias por ruido se
solicitó información ambiental sobre
el emplazamiento, para verificar que cumpliera los requisitos exigidos por ley.
Lo más oportuno es iniciar un proceso de negociación.
1.-Es fundamental identificar las partes en conflicto (tanto para la
negociación como, en su caso, para la mediación) que en este ejemplo son:
-el grupo de vecinos que manifiesta las molestias del ruido.
-la empresa-emplazamiento industrial emisora del ruido (contaminación
acústica).
-el gobierno local en cuanto entidad que emite las autorizaciones,
permisos a la empresa-emplazamiento industrial y a su vez responsable de que
los pobladores gocen de condiciones de vida saludables.
2.-El siguiente
paso: determinar un representante de cada una de las partes con capacidad de
alcanzar acuerdos y hacerlos ejecutar.
Aunque estas son
las partes del conflicto, lo habitual es que el grupo de vecinos se dirija a su Ayuntamiento y ponga una queja, con la pretensión –justificada- de que sea la
corporación quien la haga llegar a la empresa y entre ambos alcancen un acuerdo
que evite los ruidos.
No es habitual pero
podría darse que esta negociación fuera fructífera y desapareciera o aminorara
sustancialmente el ruido; se cerraría el caso sin necesidad de mediación.
Esto presupondría
una serie de cuestiones que no son habituales:
-Los damnificados confían en la
que la corporación local hará eco de sus quejas y acuden a él exponiendo sus
molestias.
-La corporación local tiene nivel
de interlocución con la empresa y gestiona la queja de los vecinos exigiendo el
cese del ruido.
-La empresa reconoce las molestias
sin entrar en vericuetos legales -sobre mediciones y otras medidas dilatorias-
y elimina o reduce sustancialmente el ruido del grupo electrógeno.
En nuestro caso práctico no se dan estos supuestos. En el siguiente POST abriremos un proceso de Mediación por el caso presentado.






