jueves, 21 de marzo de 2019

Mediación en el mundo rural. Nuevas normativas que abren espacio a nuevas experiencias

Os invitamos a acceder a las siguientes informaciones.

¿Es realmente interesante para el ámbito rural acudir a mediación?

"Así, cabe Mediación en temas vecinales de medianerías, lindes, servidumbres de paso; contratos agrarios de compraventa de producción agrícola y ganadera, contratos con industrias agroalimentarias y de distribución, contratos de arrendamientos rústicos; organización de SAT y empresas familiares agrícolas o ganaderas a través del establecimiento de protocolos de funcionamiento de dichas empresas; así como en todos los problemas surgidos y derivados de relaciones y enfrentamientos familiares y vecinales cuyos orígenes ya nadie recuerda pero que marcan las relaciones en el ámbito rural (herencias, división de tierras…)".

Un órgano de mediación para los contratos agrarios.

"La Consejería de Agricultura y Ganadería pondrá en marcha este año la Junta de Arbitraje y Mediación para los contratos agrarios, una nueva herramienta para agilizar la resolución de conflictos en menos tiempo y con menos costes y evitar la vía judicial. Esta medida se anunció este viernes en el acto de constitución del Comité Asesor Agroalimentario de Castilla y León celebrado en el monasterio de Santa María la Real de Aguilar de Campoo, creado como un instrumento de participación para el desarrollo del sector en Castilla y León".

La mediación en los contratos agroalimentarios

"Desde un tiempo a acá se está imponiendo la idea del uso de los instrumentos de arbitraje y de mediación como vía extra-judicial para la resolución de conflictos o litigios entre las partes de un contrato agrario, que ayuden a agilizar y reducir a su vez de forma considerable los plazos de la disputa y también sus costes".

Agricultura y ganadería constituye la Junta de Arbitraje y mediación como alternativa a la vía judicial para agilizar conflictos entre partes y reducir costes de resolución de conflictos.

"Este órgano tiene tres objetivos claros: agilizar la resolución de los conflictos que puedan surgir entre las partes; reducir los costes que conlleva la resolución, mucho menores que los derivados de un proceso judicial; e implicar activamente a las partes en la solución de la disputa. Será el órgano que facilite a las partes el acceso al arbitraje y la mediación como fórmulas alternativas a la vía judicial para resolver los conflictos que puedan surgir en el desarrollo de la relación contractual".

miércoles, 13 de marzo de 2019

Ayudas de la Generalitat Valenciana para la participación ciudadana y el buen gobierno.

En múltiples ocasiones, hemos hablado de la complementariedad entre participación y mediación ambiental. Es por ello que anualmente, en este BLOG, informamos sobre la Convocatoria de ayudas de la Generalitat Valenciana destinadas a los municipios (de más y de menos de 5.000 habitantes) y a las entidades ciudadanas para el fomento de la participación ciudadana, la transparencia y el acceso a la información pública en el ejercicio 2019. 

Trabajar la participación ciudadana desde la mediación y la mediación con participación ciudadana es uno de nuestros principales retos.

En esta ocasión se dispone hasta el 27 de marzo para realizar las propuestas oportunas.Tipos de ayudas:

 Solicitud de subvenciones destinadas a las entidades ciudadanas de la Comunitat Valenciana, para el fomento de la participación ciudadana, la transparencia y el acceso a la información pública, durante el ejercicio 2019. Abre plazo 
 Solicitud de subvenciones destinadas a las entidades locales de la Comunitat Valenciana de más de 5.000 habitantes, para el fomento de la participación ciudadana, la transparencia y el acceso a la información pública, durante el ejercicio 2019. Abre plazo 
 Solicitud de subvenciones destinadas a las entidades locales de la Comunitat Valenciana hasta 5.000 habitantes, para el fomento de la participación ciudadana, la transparencia y el acceso a la información pública, durante el ejercicio 2019. Abre plazo 

Algunas notas sobre las entidades locales: 
Destacamos la modalidad 1, que consiste en subvenciones (un máximo de 5.000 euros), consistentes en actividades para la realización de procesos participativos: presupuestos participativos, agenda 21 local, planes estratégicos participativos, planes sectoriales y otros procesos; establecimiento de espacios, órganos y herramientas de participación en los consejos ciudadanos, defensores de los vecinos y vecinas, comisiones de trabajo, redes ciudadanas, foros y comités cívicos, talleres, consultas ciudadanas, asambleas ciudadanas, ordenanzas municipales de participación y otros.

En cuanto a las entidades ciudadanas:
Se subvencionarán actividades (un máximo de 40.000 euros) destinadas a:
-Diseñar y ejecutar acciones de formación en materia de participación ciudadana, fomento del asociacionismo y fomento de la cultura de la transparencia en las entidades, que favorezcan una mayor relación de las entidades ciudadanas con su entorno.
-Mejorar las capacidades de las entidades para desarrollar su proyecto asociativo y las actividades derivadas, mediante la transparencia de sus actividades y el fomento de la participación de los asociados y asociadas en el día a día de la entidad.
-Fomentar la cooperación interasociativa o el trabajo en red con otras entidades, para conseguir intereses comunes y optimizar los recursos, medios e información.
-Cursos de formación, seminarios, jornadas, congresos y otras acciones en materia de participación ciudadana, transparencia y fomento del asociacionismo, especialmente mediante el asesoramiento para la creación y puesta en marcha de nuevas entidades, así como la formación para la mejora del funcionamiento de las entidades existentes.
-Acciones de asesoramiento a los ciudadanos y realización de estudios, materiales informativos, de difusión, divulgativos, como: guías, boletines, trabajos o estudios de investigación  social en su ámbito territorial  relacionados con la participación ciudadana.

Desde Mediacciona y la Asociación IVMed, podemos colaborar con las corporaciones locales a la hora de definir acciones de participación ambiental así como su puesta en marcha.

En entradas anteriores: 
https://med-i-acciona.blogspot.com/2018/04/ayudas-para-propiciar-el-buen-gobierno.html

miércoles, 6 de marzo de 2019

El derecho a la mediación y justicia gratuita de las organizaciones medioambientales



Este es un derecho reconocido en la ley 27/2006 en el que se regulan los derechos de acceso a la información, participación y acceso a la justicia en materia de medio ambiente. A él pueden optar las organizaciones medioambientales con más de dos años de funcionamiento, pero la realidad es que hasta el momento escasas entidades han podido optar, de hecho es la primera vez, en la Comunitat Valenciana, que una organización lo consigue. 

En esta Entrada queremos ligar esta cuestión con la también recientemente aprobada Ley de Mediación de la Comunitat Valenciana en la que se reconoce el ámbito medioambiental:

Resulta idónea la implantación de los procedimientos mediadores en multitud de ámbitos tan aparentemente heterogéneos como pueden ser el sanitario, el medioambiental, el cooperativo, el empresarial, el comunitario o el administrativo, por poner sólo algunos ejemplos. 


En base a ello podemos anunciar que las organizaciones que, siguiendo los pasos de Acció ecologista Agró, obtengan el reconocimiento pueden optar, también, a los servicios de mediación gratuita, ya que este está reconocido para los beneficiarios del derecho de justicia gratuita que opten a acudir a la mediación.

¡Es sin duda una excelente noticia que abre espacios a la mediación ambiental!

Extracto del artículo de referencia:

Capítulo II
Artículo 41. Supuestos de mediación gratuita 
1. Tendrán derecho a la gratuidad en la mediación, tanto judicial como extrajudicial, aquellas personas físicas o jurídicas que lo soliciten y cumplan los criterios y requisitos para ser beneficiarias del derecho de mediación gratuita en los términos que se establezcan en el desarrollo reglamentario de esta ley. En todo caso, tendrán derecho a la gratuidad en la mediación aquellas personas que cumplan los requisitos para ser beneficiarias del derecho de asistencia jurídica gratuita.

Entradas relacionadas.
https://med-i-acciona.blogspot.com/2018/07/la-mediacion-ambiental-en-la-ley-de.html