martes, 1 de diciembre de 2015

Concepto jurídico de medio ambiente: ambiental, patrimonial, urbanístico y cultural

Según la Sentencia 102/1995 de 26 de Junio del Tribunal Constitucional, el concepto jurídico de medio ambiente incluye, además de todo lo relacionado propiamente con lo ambiental, el urbanismo, el patrimonio y la cultura. Hoy nos detenemos en los conflictos urbanísticos. 

José Antonio Ramos Medrano, técnico de administración general del Ayuntamiento de Madrid, ha publicado recientemente un artículo muy interesante en Actualidad Jurídica Ambiental, con el título: Los diez errores más básicos y frecuentes en el urbanismo español.

Según él son estos:
1 . Olvido del carácter reglado del suelo no urbanizable protegido. 
2. Clasificación de suelo urbanizado a terrenos que no tienen tal carácter. 
3. Clasificación de suelo urbanizable sin existir necesidades que lo justifiquen. 
4. Inactividad administrativa ante la construcción en suelo no urbanizable. 
5. No respetar el principio de ciudad compacta. 
6. Omisión o insuficiencias en la evaluación de impacto ambiental del planeamiento. 
7. Ausencia de informe de la confederación hidrográfica sobre disponibilidad de recursos hídricos. 
8. Defectos en el trámite de información pública en la fase de elaboración del planeamiento. 
9. Falta de motivación de las decisiones adoptadas en el plan.
10. Complejidad y frecuentes cambios normativos.

El papel que los mediadores ambientales realizamos en conflictos de este tipo va -precisamente- en la línea de recordar reglas a las partes en conflicto, poner luz a la hora de dirimir lo rústico-urbano-urbanizable; contrarrestar la inactividad administrativa, hacer respetar el principio de ciudad compacta así como el principio de sostenibilidad, hacer el seguimiento en las evaluaciones de impacto ambiental y de cualquier otro informe necesario, constatar el cumplimiento de trámites de información y participación; exigir motivaciones claras y contundentes en la toma de decisiones para adoptar uno u otro plan, facilitar toda la información -relacionada con la normativa e informes técnicos- en un lenguaje claro, comprensible y suficiente. 

1 comentario:

  1. Un tema muy muy interesante

    Gracias por la aportación!

    M.D.

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