1.- Definir y compartir con precisión la problemática a resolver.
2.- Compartir información básica.
2.- Compartir información básica.
3.- Reequilibrar el
poder de las partes.
Uno de los primeros
elementos que destaca el "grupo de damnificados" es el desequilibrio de poder
entre las partes; la mediadora puede aportar nuevos elementos sobre el poder que tienen las partes y el que creen tener.
La mediadora ambiental dispone de elementos para poner en valor distintos modos de entender lo que pueden y no pueden hacer las partes; más allá de lo que cada una de las partes cree. La mediadora puede hacer saber a la corporación local cuáles son sus compromisos con la ciudadanía y los medios de que dispone para evitar el ruido a sus vecinos. También puede aportar a los ciudadanos claves sobre otros grupos ciudadanos que han tenido problemas similares. Hay asociaciones ciudadanas contra el ruido que ponen a disposición de los interesados interesantes materiales sobre los derechos que asisten a los afectados por el ruido, por ejemplo. La mediadora puede compartir información relacionada con los cauces reales de los que dispone la corporación local para gestionar la queja a la empresa y resolver el conflicto. La mediadora puede ponerse en contacto con la empresa implicada en el conflicto y hacerles saber sus obligaciones para con el medio ambiente.
La mediadora ambiental dispone de elementos para poner en valor distintos modos de entender lo que pueden y no pueden hacer las partes; más allá de lo que cada una de las partes cree. La mediadora puede hacer saber a la corporación local cuáles son sus compromisos con la ciudadanía y los medios de que dispone para evitar el ruido a sus vecinos. También puede aportar a los ciudadanos claves sobre otros grupos ciudadanos que han tenido problemas similares. Hay asociaciones ciudadanas contra el ruido que ponen a disposición de los interesados interesantes materiales sobre los derechos que asisten a los afectados por el ruido, por ejemplo. La mediadora puede compartir información relacionada con los cauces reales de los que dispone la corporación local para gestionar la queja a la empresa y resolver el conflicto. La mediadora puede ponerse en contacto con la empresa implicada en el conflicto y hacerles saber sus obligaciones para con el medio ambiente.
4.- Se puede crear un nuevo espacio de encuentro. Ante la desconfianza instalada entre las partes, por la historia de su relación, la mediadora puede crear un espacio de diálogo, reequilibrado, informado y
confiable, una vez escuchadas las partes y siempre que se haya comprobado que
no existe mala fe por alguna de las partes. En este nuevo espacio pueden alcanzarse acuerdos para resolver el problema.
5.- Se puede aprovechar
recursos existentes como, por ejemplo en este caso, jurisprudencia relacionada
con la contaminación acústica. Una corporación local puede no tener claro sus
compromisos con la ciudadanía en esta temática.
En el próximo POST abordaremos una interesante gama de información a compartir.
En el próximo POST abordaremos una interesante gama de información a compartir.
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