Los gobiernos de Chile y Colombia apuestan por un nuevo modelo de abordaje de la problemática ambiental y los conflictos socioambientales. Os invitamos a conocer el perfil de las máximas representantes de la políticas ambiental en ambos países.
El Ministerio de Medio Ambiente en Chile está encabezado por Maisa Rojas Corradi; en Colombia el de Minas y Energía por Irene Vélez Torres; mientas que la cartera de Ambiente y desarrollo sostenible por Susana Muhamad González.
Destacamos algunos aspectos que nos parecen de interés:
1.-La perspectiva desde la que se afrontan los conflictos socioambientales; en el marco de los derechos humanos y poniendo énfasis en grupos específicos.
Irene Vélez se ha especializado en el estudio crítico y participativo de los conflictos ambientales y agrarios, específicamente en la intersección de estos conflictos en torno a las discriminaciones étnico raciales y de clase social. Os invitamos a la siguientes lecturas.
Maisa Rojas concede una entrevista en ONU mujeres que deja muy clara su perspectiva de como el cambio climático afecta de forma específica a las mujeres.
2.-En ambos ministerios la transparencia y la participación son consideradas fundamentales en su propuesta de gobierno.
Maisa Rojas, por ejemplo, se expresa en estos términos: "En el caso de Chile, hemos visto en los últimos años un alto nivel de conflictividad socioambiental cuando tenemos que tomar las decisiones en los territorios y nosotros creemos firmemente que esa conflictividad se puede resolver con mayor información, mayor transparencia y la anticipación temprana o significativa de todos los actores".
En el caso chileno queremos destacar la creación de la Defensoría de la Naturaleza.
En la constitución chilena hay una norma que es inédita en el mundo, el artículo 148: “Un órgano autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, denominado Defensoría de la Naturaleza, tendrá como función la promoción y protección de los derechos de la naturaleza y de los derechos ambientales asegurados en esta Constitución, en los tratados internacionales ambientales ratificados y vigentes en Chile, frente a los actos u omisiones de los órganos de la administración del Estado y entidades privadas”.


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